Nota Informativa sobre el Censo entidades participación juvenil
DECRETO 247/2005, de 8 de noviembre (Orden de 9 de diciembre de 2.005), publicado en el BOJA nº 238 de 16 de diciembre de 2.005, por el que se regula el censo de entidades de participación juvenil.
La Consejería para la Igualdad y Bienestar Social ha publicado un Decreto por el que se regula el censo de entidades de participación juvenil de Andalucía.
El censo de entidades de participación juvenil de Andalucía tiene como finalidad la elaboración y actualización permanente de datos sobre las entidades de participación juvenil que actúen en el territorio de la Comunicad Autónoma de Andalucía.
En este censo podrán inscribirse las entidades de participación juvenil de ámbito regional, provincial o local.
La inscripción en el censo será requisito indispensable para acceder a las subvenciones o ayudas públicas, que en materia de juventud convoque la Consejería competente en materia de juventud con cargo a las consignaciones presupuestarias del Instituto Andaluz de la Juventud.
Documentación que deben adjuntar las asociaciones juveniles:
a) Certificado de la persona titular de las Secretaría de la entidad con el visto bueno de quien ostente la titularidad de la Presidencia, del acuerdo adoptado por su órgano de gobierno, solicitando la inscripción en el censo.
b) Certificado de la persona titular de la Secretaría de la entidad, con el visto bueno de quien ostente la titularidad de la Presidencia, acreditativo de su número de miembros, con datos desagregados por sexos y edades, sede social y delegaciones o establecimientos de la misma, así como se nivel de implantación territorial.
c) Resolución de la inscripción con el correspondiente Registro de Asociaciones de la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía o del Ministerio o Registro Público que corresponda en su caso, así como la hoja registral correspondiente.
d) Estatutos vigentes de la entidad.
e) Certificación literal del acta de elección de cargos vigentes, con datos desagregados por sexos y edades.
f) Código de Identificación Fiscal (CIF).
g) Certificado suscrito por la persona titular de la Secretaría, con el visto bueno de quien ostente la titularidad de la Presidencia, acreditativo de la composición mayoritaria de la misma por jóvenes andaluces y andaluzar mayores de 14 años, no formando parte de su órgano directivo ninguna persona menor de dieciocho años ni mayor de treinta.
Más información: Oficina Municipal de Información Juvenil
C/ Rvdo. José Aparicio, 3 (Pabellón de Deportes)
Telf.: 957 708 511
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